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Dic 06

Leyes Fundamentales del Reino

No está claro si hoy se celebra el Día de la Constitución o la fiesta de cumpleaños de la abuelita.

Andan celebrando una Constitución que ya tiene una edad considerable, una edad casi desconocida en la historia del constitucionalismo español. Sólo tenemos una excepción: la Constitución de 1876, que a pesar de las convulsiones políticas de la época, llegó formalmente viva hasta 1931.

Volviendo al día de hoy, más que celebrar, los representantes de la soberanía popular deberían encontrar el camino para lograr el aggiornamento de la carta constitucional. Una puesta al día de la que se habla mucho, pero de la que casi todos huyen.

De paso, el legislador podría aprovechar para eliminar de una vez por todas la presencia en la Constitución de las menciones a las Leyes Fundamentales del Reino de la dictadura franquista.

Porque, en efecto, en su disposición derogatoria tenemos que leer que “1. Queda derogada la Ley 1/1977, de 4 de enero, para la Reforma Política, así como, en tanto en cuanto no estuvieran ya derogadas por la anteriormente mencionada Ley, la de Principios del Movimiento Nacional, de 17 de mayo de 1958; el Fuero de los Españoles, de 17 de julio de 1945; el del Trabajo, de 9 de marzo de 1938; la Ley Constitutiva de las Cortes, de 17 de julio de 1942; la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado, de 26 de julio de 1947, todas ellas modificadas por la Ley Orgánica del Estado, de 10 de enero de 1967, y en los mismos términos esta última y la de Referéndum Nacional de 22 de octubre de 1945”.

También conmueven, al leerlas, diversas leyes que, aunque reformadas, proceden de la época de la dictadura y siguen vigentes. Las menciones vigentes a las Leyes Fundamentales del Reino son una extravagancia del ordenamiento jurídico.

Leyes_fundamentales

Son muchas las leyes que contienen referencias al marco pseudoconstitucional de la dictadura. No pretendemos hacer un análisis exhaustivo de todo el ordenamiento, pues no acabaríamos nunca. Vamos a detenernos sólo en tres normas, a modo de ejemplo.

La primera es la Ley de Prensa e Imprenta de 1966, conocida en su época como la “Ley Fraga”, por haber sido obra del ministro franquista Manuel Fraga Iribarne. Es una ley que hoy, aunque la mayoría lo ignore, sigue vigente en parte de su articulado. Aquella ley tiene diversas referencias al Fuero de los Españoles, tanto en su preámbulo como en su articulado. En el preámbulo, parte de una ley vigente, se sigue hablando hoy de “un cuarto de siglo de paz fecunda”, la paz del miedo, de la represión y de la dictadura.

Además, el preámbulo hace referencias explícitas al Fuero de los Españoles y al Movimiento Nacional. ¡Menciones presentes en el vigente cuerpo normativo del Estado español!

Pero hay más. Esas referencias al Fuero de los Españoles se repiten en el artículo primero de esta ley hoy vigente.

Otra ley que mantiene las referencias a las leyes fundamentales de la dictadura es la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa. En ninguna de las once reformas que ha experimentado esta norma ha tenido el legislativo la iniciativa de eliminar esas extemporáneas referencias a un pasado que llegó desde un golpe de estado y nos dejó 40 largos años de oscuridad, dictadura y miedo. Aunque algunos ahora quieran cambiar la historia.

Bien, pues nuestra vigente Ley sobre Expropiación Forzosa tiene en su preámbulo cuatro referencias al Fuero de los Españoles. Y en su articulado, otras tres referencias. La expropiación forzosa en España sigue apoyándose en las leyes fundamentales franquistas. Sin comentarios…

La Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado, por la que Juan Carlos de Borbón llegó a ser Rey, sigue estando presente en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, a pesar de las siete reformas aprobadas para esta ley.

Por cierto, la Organización Sindical vertical franquista sigue existiendo, según algunas leyes plenamente vigentes, como la Ley de 8 de junio de 1957 sobre formación de censos económicos y de un plan censal general.

Aunque sea por estética, más de cuarenta años después de la desaparición del dictador, este tipo de referencias en el ordenamiento jurídico deberían desaparecer. Es cierto que la técnica legislativa preferida entre nosotros es la sustitución de una referencia por otra… El famoso “las referencias a … se entenderán hechas a…”. Pero esa mecánica no es de recibo cuando estamos ante referencias directas a las normas fundamentales de la dictadura.

Para acabar, he aquí la última línea de la vigente Ley de 7 de octubre de 1938, sobre aprovechamiento de pastos y rastrojeras: “Así lo dispongo por la presente Ley, dada en Burgos a siete de octubre de mil novecientos treinta y ocho. III Año Triunfal. FRANCISCO FRANCO”.

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  1. Hago trabajos universitarios. Tarifas económicas. » Carrer de la Llibertat

    […] hacer una limpieza que elimine las huellas de la dictadura. A este respecto, remito a la entrada http://victorsanchez.net/?p=614 , en este mismo […]

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