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Ene 26

Publicidad ilícita, transgresión de la buena fe objetiva y chollos de segunda mano en internet

Las normas legales sobre competencia desleal y sobre publicidad presentan una vertiente fundamental de defensa de los derechos de los consumidores, sobre todo, desde que se fue realizando la transposición de directivas europeas a nuestro ordenamiento jurídico. También la ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios es un apoyo importante para la parte más débil de las relaciones que se producen en el mercado.

Pero la existencia de normativa garantista no parece suficiente para defender los derechos de los consumidores y consumidoras. Las propias normas legales contienen los recursos para castigar e imponer la cesación de las actuaciones contrarias a la corrección en el tráfico económico.

Un ámbito en el que se ven muy debilitados de facto los derechos de los consumidores es el de Internet. Y dentro de este recurso tecnológico, las páginas de venta de productos de segunda mano se llevan el premio al desatino y la incorrección en el cumplimiento de normas legales.

No hablamos por hablar. En muchas ocasiones se intenta vender productos inservibles a precio de nuevo. Vamos con un ejemplo real.

Es bien sabido aquello de que un cambio legislativo puede convertir en basura bibliotecas enteras. Así, un código de leyes que te costó ayer 50 euros, mañana vale 0 euros.

El recipiente, el código, puede estar nuevo, reluciente y conservado todavía en el embalaje. Pero el contenido ha superado la fecha de caducidad y su destino es la basura.

Es como la bandeja de filetes de ternera que tiene el embalaje perfecto, pero la carne empieza a adquirir un sospechoso tono verdoso. Quién intentara vender esa carne verdosa tendría, probablemente, problemas con las autoridades sanitarias y de consumo.

Habría que suponer que lo mismo debería ocurrir en el caso de quien intenta vender un código legal “totalmente nuevo” pero con el contenido caducado. Sin ambages: es una estafa.

Estábamos buscando en Internet un código de leyes tributarias. Por descontado, buscábamos un código actualizado, la última edición publicada por una editorial muy prestigiosa.

Encontramos el código en diversas librerías on line por 54,63 euros. Continuamos buscando y encontramos un chollo: el mismo código por 35 euros. No hay duda, merece la pena, son casi 20 euros menos. Pero… La edición actual, la de 54,63 euros, es la 22, que contiene numerosas reformas legislativas que se han operado durante el año 2015, sobre todo a partir del mes de julio. La edición chollo es la 21, de mayo de 2015, totalmente desactualizada. Basura jurídica. Su precio objetivo, 0 (cero) euros. Lo pretenden vender por 35 euros.

totalmentenuevo

No es el único ejemplo. Hay muchos más. Incluso aunque no sean productos inútiles, en muchos casos se pretende aparentar una novedad inexistente en el objeto que se ofrece. Es típico el caso de objetos tecnológicos que se anuncian con frases como “Nuevo, sin estrenar, en embalaje original, entrego factura”. Lo que no se dice es que quizás el producto embalado y sin estrenar estaba a la venta hace 5 o 10 años…

No estaría de más que los responsables de los portales de venta de productos usados en internet vigilaran que lo que en sus páginas se ofrece, además de nuevo, es “comestible”, útil. En todo caso, habría que incluir una advertencia muy clara sobre la naturaleza real del objeto en venta.

El bonito y “nuevo” código tributario de la fotografía está más pasado que un filete de ternera con gusanos. Quizás quien lo vende no actúe con mala fe subjetiva. O sí. Pero si se puede asegurar que hay una actuación contra la buena fe objetiva. Véase, para comprobar esa ausencia de la buena fe objetiva el artículo 4.1 de la Ley de Competencia Desleal, o el artículo 7-1 del Código Civil, o el artículo 3 de la Ley General de Publicidad, etc.

Alerta, pues, con los chollos. Si queremos liebre, compremos liebre y rechacemos el gato.

En definitiva, es fundamental que mejoremos nuestras habilidades como consumidores. También debemos ser exigentes con los portales de venta en internet y con todos los agentes económicos concernidos, que deben mejorar la acción inspectora para garantizar el cumplimiento de las leyes de defensa de los consumidores.

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